ACTAS NOTARIALES

¿En qué consiste?

Las actas notariales representan documentos públicos donde los notarios, a solicitud de una de las partes, registran y certifican los eventos y detalles que presencian o conocen y que no están relacionados con contratos.

Estas están reguladas bajo la Sección 4 del Capítulo II del Título IV del Decreto del 2 de junio de 1944, que aprueba el Reglamento de la organización y régimen del Notario.

Por último, recordar que las actas de junta general y las de referencia en sentido estricto se podrán solicitar a través de videoconferencia.

Tipos de Actas

  • Actas de Testimonios
    Estas actas constatan las declaraciones hechas por una persona y el momento en que se realizaron.

  • Actas de Presencia
    El notario es requerido para verificar el estado de un bien en un lugar específico en un momento determinado, pudiendo capturar imágenes si es necesario.

  • Actas de Reclamo
    Se solicita al notario que demande algo a alguien o que realice un hecho específico, dejando constancia de la solicitud y de la respuesta recibida.

  • Actas de Reuniones Sociales
    Se documentan las declaraciones, reclamos, documentos y decisiones tomadas en una reunión de una sociedad.

  • Actas de Deposición de Condiciones Generales
    El notario registra las condiciones contractuales que una empresa incorpora en sus contratos, como evidencia de que estaban vigentes en un momento específico.

  • Actas de Balance
    El notario certifica el saldo final de una cuenta o deuda después de realizar los cálculos necesarios.

  • Actas de Concurso
    La presencia del notario en un concurso garantiza la integridad de los resultados y la aleatoriedad de la selección.

  • Actas de Protocolización
    El notario incorpora documentación legal y legítima en su archivo, cuyo contenido es confidencial y no puede ser alterado.

Documentación necesaria

Para Actas de Inmatriculaciones, se necesitan:

  • Documentos de propiedad.

  • DNI.

  • En el caso de participación de una sociedad, poderes o nombramientos de administradores vigentes.

  • Datos del Registro Mercantil.

  • Referencia catastral.

  • Valor asignado a las propiedades.

El resto de los requisitos son gestionados por nosotros.

En el momento de la firma inicial, se requieren dos testigos para confirmar la titularidad de la finca. Posteriormente, se publicarán anuncios en el Ayuntamiento correspondiente.

Para otras Actas, se necesitan:

  • DNI de los involucrados.

  • En el caso de participación de una sociedad, poderes o nombramientos de administradores vigentes.

  • Detalles sobre el contenido del Acta, ya sea de presencia, notificación, requerimiento, etc.

  • Si el Acta implica identificar imágenes con la realidad, se deben proporcionar dos juegos idénticos de fotografías en el momento del requerimiento.

¿En qué situaciones se puede utilizar este servicio?

  • Registrar un evento o una declaración.

  • Dejar constancia del estado en el que se encuentra un objeto.

  • Notificar cualquier asunto a alguien.



PÓLIZAS

¿En qué consiste?

Las pólizas notariales engloban aquellos documentos notariales y mercantiles que dan forma a contratos inherentes a la actividad económica habitual de entidades mercantiles, mayormente de índole financiera. Sin embargo, quedan excluidos de esta categoría los contratos relativos a bienes inmuebles.

Existen distintas categorías de pólizas, entre las que se incluyen las pólizas de préstamo, las de crédito, las de leasing, las de factoring, las de descuento, las de pignoración, entre otras.

Por último, recordar que, las pólizas mercantiles se podrán solicitar a través de videoconferencia.

Documentación necesaria

  • Documentación de identificación correspondiente de los firmantes (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o NIE).

  • En el caso de que participe una sociedad, se requerirán copias autenticadas de la escritura pública que certifique su constitución, así como de la escritura que evidencie las facultades representativas de la persona que asiste a la notaría, junto con el acta de titularidad real.

  • En ciertas situaciones, puede ser obligatorio contar con el acuerdo de la Junta de socios que autorice la operación.

¿En qué situaciones se puede utilizar este servicio?

En diversas circunstancias, tanto individuos como empresas requieren recursos financieros para concretar sus aspiraciones o proyectos.

Estos fondos pueden ser obtenidos mediante la formalización de un contrato de préstamo o crédito con una entidad bancaria.

Al momento de suscribir este tipo de acuerdo, resulta fundamental tener un conocimiento detallado de los términos y condiciones para prevenir posibles sorpresas en el futuro.